LOGO VILLA

LATITUD PERIÓDICO: PÁGINA INICIO / MAPA DEL SITIO

VILLA CRESPO DIGITAL: PÁGINA PRINCIPAL / MAPA DEL SITIO

Miércoles, 02/07/2024 17:15

2024

22 de febrero: Soberanía en la Antártida Argentina

****

LEGISLATURA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
APROBACION DE LA NUEVA LEY DE MECENAZGO

Por la Redacción de Arte y Cultura

19 de junio del 2024

El pasado jueves 13 de junio, en el pleno de la Legislatura porteña, se aprobó una nueva ley de Mecenazgo, que se trabajó entre el Poder Ejecutivo y la Comisión de Cultura de la Legislatura, y que contempla cambios que facilitarán el financiamiento del sector privado para impulsar proyectos artísticos y culturales en la Ciudad.

La nueva ley de mecenazgo implica, entonces, cambios significativos en la forma en que se promueve y regula el patrocinio cultural y artístico
La ley aprobada, que fue presentada por la legisladora Cecilia Ferrero y trabajada en conjunto con el Ministerio de Cultura porteño, contribuye significativamente al tejido cultural de la Ciudad. Como ejemplo, en la convocatoria del 2023 se seleccionaron desde: espectáculos teatrales hasta producciones audiovisuales, pasando por proyectos de patrimonio histórico y de infraestructura, y se eligieron en total 1.126 proyectos de 14 disciplinas culturales.
Desde su creación, esta ley, que ahora fue mejorada, apoyó 10.923 proyectos.

¿Qué es mecenazgo?

El Régimen de Participación Cultural - Mecenazgo del Ministerio de Cultura del Gobierno porteño constituye una plataforma que promueve el financiamiento público-privado destinado a impulsar proyectos artísticos y culturales de gran magnitud.
Este programa, que involucra 14 disciplinas, brinda una oportunidad única para que las empresas contribuyan significativamente al enriquecimiento de la escena cultural de la Ciudad.

Los patrocinadores participan en el programa Mecenazgo como contribuyentes del impuesto sobre los Ingresos Brutos (II. BB.) y, a través de este mecanismo, canalizan su apoyo hacia uno de los proyectos culturales seleccionados.
Los beneficiarios, por su parte, tienen la oportunidad de presentar sus proyectos durante la convocatoria anual, siendo evaluados y seleccionados por el Consejo de Participación Cultural.

¿Qué implica el cambio de la ley?

Con la nueva ley, es más fácil financiar proyectos. Ahora, los patrocinadores que aporten a estos proyectos pueden deducir como mínimo el 80% del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (II. BB.), aportando solo el 20% en forma genuina.

¿Cómo era antes?

Anteriormente, las deducciones impositivas para estas empresas iban disminuyendo según la cantidad de proyectos anteriores aprobados, empezando en el 80% y bajando hasta el 50%.
Desde el 2025, los proyectos solo iban a poder deducir el 50% de II. BB. Esto hacía difícil que muchos proyectos se realizaran por falta de fondos.

La nueva ley soluciona dicho inconveniente, permitiendo que las empresas deduzcan como mínimo el 80% de II. BB. y solo necesiten aportar el 20% restante, facilitando así la financiación de propuestas culturales a través del Mecenazgo.

¿Cómo ayuda a las propuestas que se puedan presentar?

Incrementa el potencial de patrocinadores, ya que la nueva ley establece que pueden imputar hasta el 20% de lo que aportan a los II. BB, con excepción de los grandes contribuyentes que podrán imputar hasta el 10%.

Se pueden postular más proyectos, ya que la nueva ley amplía la posibilidad de presentar proyectos culturales hasta tres, de los cuales se podrán aprobar dos.

Próximamente el programa presentará un nuevo reglamento y anunciará la apertura de su convocatoria 2024. 

Por consultas sobre Mecenazgo contactarse por correo electrónico a participacioncultural@buenosaires.gob.ar

Caracteres: 3487

Archivos Anteriores

ARTE Y CULTURA 2022

Ingresar

ARTE Y CULTURA 2018 INGRESAR

ARTE Y CULTURA LATITUD Y VILLA 2017 INGRESAR

CULTURA 2011-2013

CULTURA 2014

CULTURA 2015

LIBROS

ENFERMERIA

 

stylish fancy counters
CONTADOR LATITUD PERIODICO

 my widget for counting
contador

contador de visitas para web 


Latitud Periódico / Elena Luz González Bazán / Padilla 73 6 Derechos de autor 2009 - 2019 / Correo electrónico: noticias@latitudperiodico.com.ar /REGISTRO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL: 39820920-2019 / RE-2019-65405843 / RE 2020 47767344 / 2021-69203896 / 2022-72475430 / 2023 95512770

Villa Crespo Digital / Elena Luz González Bazán / Padilla 736 / Derechos de autor 2002 - 2019 / Correo electrónico: maito:noticias@villacrespomibarrio.com.ar / info@villacrespomibarrio.com.ar REGISTRO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL: 39824156-2018 -2019 / RE-2019-65409607 / RE 2020 47771227 / 2021 - 68826709 / 2022-72489116 / 2023-95507087